Derechos de Pasajeros

Conoce las garantías que te protegen y aseguran una experiencia de viaje segura, cómoda y justa, pues a través de ellas, se establecen las normativas para resolver situaciones adversas durante tu transportación.

Derechos de

DERECHOS DE LOS PASAJEROS USUARIOS-TURISTAS MEGA TRAVEL

Las políticas de contratación y cancelación obran en el contenido de cada uno de los Contratos de Adhesión de Mega Travel, mismas que están elaboradas de conformidad a la legislación vigente en materia mercantil, comercial, las que promueven y protegen los derechos y cultura de los consumidores, así como las regulaciones señaladas por las normas oficiales en materia turística, lo anterior para ofrecer equidad, certeza y seguridad jurídica a nuestros clientes.

El Contrato de Adhesión, forma parte de los documentos de viaje y son ofrecidos y mostrados previamente a la contratación de los servicios que Mega Travel opera en su calidad de intermediario.

El pago de anticipos o liquidación del importe de los servicios por parte del cliente o usuario-turista, así como el uso del contrato mismo, cupones, boletos, vouchers, o cualquier otro documento expedido en su favor con motivo de el mismo, implica de su parte la aceptación total del Contrato de Adhesión, así como de las condiciones generales de contratación que obran en el mismo.

Las condiciones en que operan cada uno de nuestros destinos pueden variar entre sí lo que da lugar a políticas de contratación y cancelación específicas para cada uno de ellos. En la cotización de servicios que se ofrece a nuestros clientes, se exhibe de manera íntegra el contrato de adhesión que le regula a lo largo de la contratación, desarrollo de los servicios y en su caso la cancelación misma de los servicios contratados.

Los contratos que rigen la relación contractual con los usuarios-turistas, así como con las agencias minoristas de viajes en su calidad de intermediarios, son de carácter público y pueden ser consultados, de acuerdo a las condiciones y características de cada uno de los paquetes de viajes y/o servicios contratados, en nuestra página de internet www.megatravel.com.sv en el apartado Derechos de los Pasajeros, así también en cada uno de los descriptivos de nuestros paquetes de viajes y/o servicios ofertados en la misma página electrónica.

En el caso específico de servicios aéreos no integrados a paquete de viaje, donde el servicio de transporte aéreo de pasajeros no conforma ni parcialmente los servicios integrados de paquete de viaje, los usuarios-turistas se sujetan a los derechos de los pasajeros enunciados de los cuales se desprenden los siguientes:

DERECHOS DE LOS PASAJEROS AL VIAJAR EN AVIÓN

  • Recibir la información completa.
  • El pasajero tiene derecho a conocer el monto total y detalle de cargos aplicables al servicio que va a contratar, así como las condiciones que debe cumplir para poder abordar su vuelo sin problemas, el itinerario del vuelo, escalas si se va utilizar otra aerolínea para llegar a su destino, y si corresponde retirar del equipaje en cada escala. (Art. 4 letra C de la LPC).

  • Ser Protegido contra la Publicidad Engañosa.
  • El proveedor tiene la obligación de ofrecer al consumidor toda la información relevante para tomar una decisión o realizar una elección adecuada de consumo, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de los productos o servicios. Especificando precios, tasa de interés y detalle de cargo adicional si lo hubiere (Art. 4 letra D y Art. 29 de la LPC).

  • Discapacidad.
  • El proveedor está en la obligación de garantizar la atención preferente a personas con discapacidad, en todos los sistemas de atención con que cuente, debiendo facilitar al consumidor todos los mecanismos necesarios para denunciar el incumplimiento de esta norma bajo responsabilidad. (Art. 5-A de la LPC).

  • Retraso, demora y cancelación.
  • Cualquier cambio en el vuelo o cualquier aspecto que afecte la reserva acordada, el pasajero tiene derecho a ser transportado en el primer vuelo disponible y entrega de alimentos y bebida durante el tiempo de espera. Si hay que pernoctar tienes derecho al pago de hotel (Art. 19 del Convenio de Montreal, Art. 4 letra M de la LPC y Art. 35 de su reglamento).

    Si la cancelación obedece a motivos de caso fortuito o fuerza mayor, como por ejemplo problemas de clima (lluvia, huracanes, nieve, etc.), problemas de seguridad de los aeropuertos (atentados terroristas), el retraso o suspensión no será atribuido a la aerolínea, por tanto, la persona consumidora no tendrá derecho a reclamar compensación. En tal sentido, se debe tener claro el motivo de la suspensión o retraso del vuelo para la toma del reclamo. (Art. 165 de la Ley Orgánica de Aviación Civil).

  • Colilla de equipaje.
  • En el transporte de equipaje, el transportista deberá expedir un comprobante del equipaje en doble ejemplar, de los cuales uno quedará en poder del transportista y el otro deberá ser entregado al pasajero. (Art. 126 de la LOAC).

    Si el transportista aceptare el equipaje del pasajero sin entregar la colilla o si éste no contuviere los datos indicados, no podrá ampararse en las disposiciones que excluyan o limiten su responsabilidad (Art. 127 de la LOAC).

  • Responsabilidad Solidaria.
  • El proveedor que ocasione daños y perjuicios al consumidor darán lugar a la responsabilidad solidaria de tales proveedores, a menos que conste o se acredite que se han cumplido debidamente las exigencias y requisitos establecidos por Leyes, Reglamentos y Normativas (Art. 35 de la LPC y Art. 120 de LOAC).

  • Sobreventa
  • En los casos de sobreventa de boletos u otros casos que implique el retraso de un pasajero, imputables al operador o transportista, la responsabilidad de éste será de conformidad a lo establecido en los convenios o tratados internacionales vigentes (Art. 166 de LOAC).

    No incurrirá en responsabilidad el operador o transportista, si prueba que la persona que ha sufrido el retraso ha contribuido a causarlo.

  • Equipaje
  • Se entiende como equipaje de mano u objetos de mano, aquellos elementos requeridos por el pasajero que no sean prohibidos o peligrosos, y cuyo peso y volumen permitan que sean transportados en los portaequipajes ubicados arriba de los asientos o debajo de estos. Su peso no afectará el peso máximo admisible del equipaje de cada pasajero. Su custodia es de exclusiva responsabilidad del pasajero.

    De acuerdo al Artículo 127º del reglamento de LOAC, la colilla de equipaje debe contener al menos:

    • a) Número de la colilla;
    • b) Puntos de origen y de destino;
    • c) Nombre o siglas del transportista; y,
    • d) El número de vuelo.

    En caso de pérdida, destrucción, avería o retraso del equipaje, es la responsabilidad del transportador por la carga y equipaje. El pasajero debe cerciorarse que el hecho que causó el daño a su equipaje sucedió durante el período de transporte. Para realizar el reclamo con la aerolínea, tenga en cuenta lo siguiente:

    • En el caso de la avería del equipaje, el reclamo debe realizarse dentro de los 3 días siguientes de su recepción.
    • En el caso de la carga, el reclamo debe hacerse dentro de los 7 días siguientes de su recepción.
    • En el caso de retraso del equipaje, el reclamo debe hacerse inmediatamente.

    Como consumidor usted debe saber que, en caso de pérdida, destrucción, avería, retraso de la carga o del equipaje facturado, la aerolínea se limitará a responder por la suma de USD$25.00 por cada kilogramo de peso bruto de carga. (Conforme a los artículos 168, 170 y 171 de la Ley Orgánica de Aviación Civil).

  • Infante menor de 2 años.
  • Si no han cumplido los dos años y no ocupan asiento, pagan entre el 30 y 10% del precio de la tarifa del adulto que lo acompaña. Si lo ocupan serán tratados como los niños de entre 2 y 11 años. Debes tener en cuenta que si el bebé va a cumplir los dos años antes de finalizar el viaje, su billete tiene que adquirirse con la tarifa de niño para la totalidad del vuelo.

  • Conexión.
  • Los usuarios de los servicios aéreos tienen derecho a que el transportista aéreo, el operador turístico o el agente de viajes les informe sobre:

    • a) Los vuelos disponibles, precisando claramente si se trata de vuelos directos y sin escala (non stop), de vuelos en conexión, debiendo quedar señalado el lugar y hora previstas para los mismos, según el itinerario programado o si se trata de un vuelo en código compartido entre aerolíneas. (Artículo 124 de LOAC).

  • Devolución del costo del boleto.
  • De desistir del viaje, el usuario deberá dar aviso al transportista aéreo con al menos 72 horas de antelación a la realización del vuelo. En estos casos, el transportista aéreo podrá retener por concepto de gastos administrativos un porcentaje del reembolso conforme a las condiciones de la tarifa, el cual no podrá exceder del 12%, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido entre la fecha que se realizó el pago y la fecha en que se desistió del contrato. salvo que se trate de tarifas promocionales o no reembolsables, de ser el caso, el reembolso se hará conforme a las condiciones de la tarifa. (Art. 13, inciso cuarto, 13-A, 13-D y 44 literal K de la LPC)

  • Equipaje con vuelo a Europa.
  • Transportar como máximo 23 kilogramos de equipaje documentado sin costo.
    En todo caso, los usuarios-turistas, se sujetan a las condiciones de contratación de cada aerolínea, reservación y cancelación que señalan los proveedores finales de los servicios, tanto en los destinos nacionales como internacionales. Exija en todo momento la entrega del contrato de adhesión.